12.07
2012
Designan veedor en EDESUR para garantizar normal prestación del servicio
El ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios informa que el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) designó hoy a Luis Barletta como veedor en la empresa Edesur a los efectos de "fiscalizar y controlar todos los actos de administración habitual" para salvaguardar la "normal prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica".
Según establece la resolución del ENRE 183/2012 firmada esta tarde, "el veedor tendrá las más amplias facultades para ejercer su cometido conforme lo dispuesto en la presente, pudiendo asignar los recursos humanos necesarios a fin de que lo asistan en el cumplimiento de la función encomendada".
Asimismo, se especifica que la medida tendrá vigencia por 45 días prorrogables y tanto el veedor como quienes lo asistan no percibirán ninguna remuneración por dicha tarea.
La resolución explica que a partir de una nota de la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico CAMMESA, el ENRE tomó conocimiento de "la situación generada por la falta de pago por parte de la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) de la suma postergada por aplicación de la Resolución S.E. N° 110/2002, para la cancelación de lo que se facturara con vencimiento 08/06/2012, pretendiendo trasladar al MEM el no cobro de su facturación por el suministro eléctrico al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".
En tal sentido, "esa falta de pago por parte de la distribuidora, así como la falta de voluntad en percibir el cobro de las acreencias a su favor por servicios que presta a sus usuarios, demuestra que la empresa no solo incumple con sus deudas comerciales sino que contraviene con las responsabilidades propias asumidas en el contrato de concesión y en el marco regulatorio que le es aplicable, poniendo en grave riesgo la prestación del servicio público a su cargo".
La resolución indica también que "nuevamente los medios periodísticos se hacen eco de un nuevo incumplimiento incurrido por EDESUR S.A. ante el pago parcial de sus obligaciones frente a CAMMESA, configurándose un agravamiento en la situación de deterioro empresario que incide de modo directo en la prestación del servicio público concesionado".
El texto de la norma explica que pese a las "reiteradas intimaciones no se evidencia un cambio en el actuar de la empresa" por lo que es necesario "adoptar acciones correctivas ante los incumplimientos reseñados, y ejercitar la totalidad de las competencias asignadas legalmente para hacer efectivas las obligaciones asumidas por la empresa concesionaria toda vez que se encuentra comprometido el interés común y el bienestar general, en la normal y regular prestación del servicio".
Al respecto, la norma consigna que "el ENRE debe velar por una regular prestación del servicio público comprometido, debiendo actuar en forma inmediata, ante actitudes de las empresas concesionarias que afecten o puedan afectar a los usuarios y pongan en riesgo la prestación regular del servicio".
Por ello, el ENRE "entiende procedente determinar la designación de un Veedor a fin de fiscalizar y controlar todos los actos de administración habitual y de disposición vinculados a la normal prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica a cargo de EDESUR S.A., en especial las vinculadas a las previsiones legales y contables sobre afectación de fondos suficientes para atender el pago de la totalidad de las obligaciones comprometidas y las necesarias para que adecue su accionar al cumplimiento de la obligación que le impone su contrato de concesión".
Asimismo, se especifica que la medida tendrá vigencia por 45 días prorrogables y tanto el veedor como quienes lo asistan no percibirán ninguna remuneración por dicha tarea.
La resolución explica que a partir de una nota de la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico CAMMESA, el ENRE tomó conocimiento de "la situación generada por la falta de pago por parte de la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) de la suma postergada por aplicación de la Resolución S.E. N° 110/2002, para la cancelación de lo que se facturara con vencimiento 08/06/2012, pretendiendo trasladar al MEM el no cobro de su facturación por el suministro eléctrico al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".
En tal sentido, "esa falta de pago por parte de la distribuidora, así como la falta de voluntad en percibir el cobro de las acreencias a su favor por servicios que presta a sus usuarios, demuestra que la empresa no solo incumple con sus deudas comerciales sino que contraviene con las responsabilidades propias asumidas en el contrato de concesión y en el marco regulatorio que le es aplicable, poniendo en grave riesgo la prestación del servicio público a su cargo".
La resolución indica también que "nuevamente los medios periodísticos se hacen eco de un nuevo incumplimiento incurrido por EDESUR S.A. ante el pago parcial de sus obligaciones frente a CAMMESA, configurándose un agravamiento en la situación de deterioro empresario que incide de modo directo en la prestación del servicio público concesionado".
El texto de la norma explica que pese a las "reiteradas intimaciones no se evidencia un cambio en el actuar de la empresa" por lo que es necesario "adoptar acciones correctivas ante los incumplimientos reseñados, y ejercitar la totalidad de las competencias asignadas legalmente para hacer efectivas las obligaciones asumidas por la empresa concesionaria toda vez que se encuentra comprometido el interés común y el bienestar general, en la normal y regular prestación del servicio".
Al respecto, la norma consigna que "el ENRE debe velar por una regular prestación del servicio público comprometido, debiendo actuar en forma inmediata, ante actitudes de las empresas concesionarias que afecten o puedan afectar a los usuarios y pongan en riesgo la prestación regular del servicio".
Por ello, el ENRE "entiende procedente determinar la designación de un Veedor a fin de fiscalizar y controlar todos los actos de administración habitual y de disposición vinculados a la normal prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica a cargo de EDESUR S.A., en especial las vinculadas a las previsiones legales y contables sobre afectación de fondos suficientes para atender el pago de la totalidad de las obligaciones comprometidas y las necesarias para que adecue su accionar al cumplimiento de la obligación que le impone su contrato de concesión".






